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El Cheque diiferido: instrumento de pago, su pago puede postergarse
hasta 360ds. OJO: no puede cobrarse el mismo día en que fue emitido.
...Puede librarse un cheque de pago diferido a 10 días de plazo. Si bien el
plazo se superpone con el del cheque común, la ventaja reside en que el cheque
de pago diferido nunca podría presentarse antes de los 10 días; en
cambio el cheque común podría presentarse el mismo día de su libramiento.
¿Te animás
a hacer estos tests de opciones múltiples?
Clic sobre el enlace:
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Cont-testa:
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Ver si las siguientes disposiciones siguen vigentes, ya que son de 2011.-: Existen dos tipos de cheques: los comunes, que se pagan el día en que se presentan en el banco (y tienen una vigencia de 30 días a partir de la fecha en que fueron emitidos), y los de pago diferido, que son una orden de pago librada por un plazo que puede ir de uno a 360 días (vencen a los 30 días de la fecha establecida para su pago). Los cheques de pago diferido tienen así una fecha correspondiente al momento en que se libraron y otra que indica el momento a partir del cual pueden cobrarse. "Aunque por más que los documentos tengan una vigencia de 30 días, si a la hora de cobrarlo el cheque venció por pocos días, el banco tiene opción de llamar al cliente y pedirle autorización para pagarlo. Si dice que sí, se pone con puño de letra que se lo autorizó el titular y se paga", aclaran desde el Banco Ciudad. Los cheques, según explica el Banco Central en su Portal del Cliente Bancario (www.clientebancario.gov.ar ), pueden depositarse en una cuenta o cobrarse por la ventanilla del banco emisor, siempre que sea por un monto inferior a los $ 50.000 (salvo que el cheque esté librado a favor del titular de la cuenta, en cuyo caso el límite no aplica). Aquellos documentos que estén doblemente cruzados o que lleven la leyenda "para acreditar en cuenta" sólo pueden cobrarse depositándolos en una de ellas. Para depositar un cheque, se debe incluir al reverso (en cualquiera de los lados) la firma, la aclaración, el número de CUIT, CUIL o DNI y el domicilio, al igual que el número de cuenta bancaria y se aconseja también aportar el número de la sucursal en la cual se tiene la cuenta para facilitar luego la identificación del documento por parte del banco. (la nación12 de junio de 2011)
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